¿Quienes Somos?
PresentaciónTrabajamos y Luchamos
la educación cumpla sus objetivos
Somos todos aquellos que trabajamos y luchamos para que la educación cumpla el objetivo de desarrollar la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales. (Artículo 27.2 de la Constitución Española)
estudiantes y talento
Máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional
Somos todos aquellos que defendemos que todos los estudiantes poseen talento y que el sistema educativo debe contar con los mecanismos necesarios para reconocerlo y potenciarlo. Disponiendo las administraciones educativas de los medios necesarios para que todo el alumnado alcance el máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional. (Artículo 57 de la LOMCE)
reivindicamos
necesidades específicas de apoyo
Somos todos aquellos que reivindicamos que la Administración asegure, como se expone en el artículo 57 de la LOMCE, los recursos necesarios para que el alumnado que requiera una atención educativa diferente a la ordinaria por presentar necesidades específicas de apoyo educativo por discapacidad intelectual, física y/o sensorial, trastornos graves de conducta, altas capacidades intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema educativo español, por dificultades específicas de aprendizaje o por condiciones personales o de historia escolar compleja, pueda alcanzar el máximo desarrollo posible de sus capacidades personales y, en todo caso, los objetivos establecidos con carácter general.
valorar necesidades
identificar al alumnado con Altas Capacidades Intelectuales
Somos todos aquellos que sabemos que corresponde a las Administraciones educativas adoptar las medidas necesarias para identificar al alumnado con Altas Capacidades Intelectuales y valorar de forma temprana sus necesidades, adoptando planes de actuación adecuados a dichas necesidades. Por ello, apoyamos y recordamos el valor que tiene el artículo 71 de la LOE que en su apartado 3 expone: “Las Administraciones educativas establecerán los procedimientos y recursos precisos para identificar tempranamente las necesidades educativas específicas de los alumnos y alumnas a las que se refiere el apartado anterior. La atención integral al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo se iniciará desde el mismo momento en que dicha necesidad sea identificada y se regirá por los principios de normalización e inclusión”.
conocemos
flexibilizar las etapas del sistema educativo para los alumnos con Altas CapacidadeS
Somos todos aquellos que conocemos el artículo 77 de la LOE: “el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, debe establecer las normas para flexibilizar la duración de cada una de las etapas del sistema educativo para los alumnos con Altas Capacidades intelectuales, con independencia de su edad” y solicitamos su cumplimiento.
somos padres
comprobamos que todo esto ni se cumple, ni se controla, ni se exige su cumplimiento
Y Muchos de nosotros somos padres que leímos el artículo 71, apartado 4 de la LOE: “Corresponde a las Administraciones educativas garantizar la escolarización, regular y asegurar la participación de los padres o tutores en las decisiones que afecten a la escolarización y a los procesos educativos de este alumnado. Igualmente les corresponde adoptar las medidas oportunas para que los padres de estos alumnos reciban el adecuado asesoramiento individualizado, así como la información necesaria que les ayude en la educación de sus hijos”, pero comprobamos que este ni se cumple, ni se controla, ni se exige su cumplimiento.
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Alumnos Identificados
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Fracaso Escolar
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Alumnos sin Identificar
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